El hecho de que Hacienda quiera y pueda geolocalizar a los contribuyentes a través de sus móviles es algo totalmente legal. Evidentemente, lo primero que pensaríamos es que se trata de algo que va en contra de nuestra privacidad. Sin embargo, lo pueden hacer de manera legal gracias a la aprobación de una ley que no está creada directamente con esta finalidad.
Ya sea a través del GPS, WiFi o Bluetooth. La Agencia Tributaria puede localizar a los ciudadanos gracias a las empresas. Con la excusa de luchar contra el fraude fiscal e intensificar la supervisión fiscal de criptomonedas.
Recordemos que, según varios informes, la mayoría de inversores de cripto no pagan impuestos y esto es algo con lo que Hacienda se encuentra lidiando en estos momentos. Sin embargo, ¿La privacidad del usuario no importa? ¿Hasta qué punto esto debería ser legal?
Hacienda y la privacidad
En este sentido, Hacienda usa la Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, que fue aprobada en octubre de 2020 y que entro en vigor en 2021. Para que se comprenda un poco mejor, la idea es aplicar las conocidas como “tasa Google” y “tasa Tobin”. Un impuesto a las grandes empresas tecnológicas que depende de los servicios que sean prestados en España.
La ley en cuestión, para poder calcular la cantidad de impuestos que se tienen que aplicar a dichas empresas. Establece que es posible usar cualquier tecnología de geolocalización en los dispositivos de los clientes.
Evidentemente, esto impacta de manera demasiado directa en la privacidad. Igualmente, existen varias dudas de que la IP del móvil pueda representar la ubicación real del contribuyente. Como sucede en el ámbito de las descargas, esta idea genera una gran cantidad de dudas legalmente hablando.
La ley describe lo siguiente: “Se presume que un dispositivo específico de una persona se encuentra en una ubicación que se determina conforme la dirección IP de este. A excepción que pueda concluirse que ese lugar es otro diferente utilizando otros medios de prueba admisibles en derecho, cualquier otro instrumento de geolocalización”.
Hacienda quiere geolocalizar a los contribuyentes a través del móvil
Esto quiere decir que el impuesto es dirigido a las empresas multinacionales, aunque los espiados vamos a terminar siendo nosotros. La “Tasa Google”, es un impuesto del 3% de los ingresos que obtienen en España todas las multinacionales que logren generar ingresos que superen los 750 millones de euros a nivel internacional o más de 3 millones de euros en España.
Dichas empresas tienen que llevar métodos, algoritmos, procesos y un registro trimestral, el cual tienen que almacenar para luego entregarlo a la Administración. Basicamente, somos geolocalizados por empresas y Hacienda, pero no por no pagar los impuestos, son para ser contabilizados.
Esto quiere decir que Hacienda no nos está espiando de forma directa. Si no que las empresas tienen que obtener la geolocalización de los clientes. La Agencia Tributaria es quien accede a dichos datos una vez son entregados y deciden cómo utilizarlos.
Evidentemente, desde la Asociación Española de Economía Digital (Adigital). Se criticó de forma rotunda este método que supone una perdida casi completa de privacidad para los contribuyentes.
Hacienda desea mantener vigilados cualquier movimiento financiero. Perseguir operaciones de cualquier clase y parece que no importa los métodos utilizados para lograr sus objetivos. Por suerte, parece que la tasa Google ya tiene sus días contados y veremos qué harán para seguir adelante con estas dudosas prácticas.