Los sites «Fenixp2p.com» y «mp3-es.com» ofrecían descarga de contenidos relacionados con la música y programas diversos, lo cual la Audiencia Provincial de Vizcaya encontró como ilícito, ya que de aquella forma violaban los derechos de autoría, además de lucrar indirectamente a través de medios publicitarios PPC (Pay Per Click).
La condena ha sido severa, un año de prisión efectiva y el pago de una multa por vulneración de la propiedad intelectual. Además, los portales de descarga mencionados han sido cerrados en su totalidad, y queda terminantemente prohibida su re-apertura. Con dicho veredicto, se rompe la virginidad de una España hasta hace unos días tolerante con relación a la descarga de contenidos por internet a través de medios P2P.
Según el fallo, quedó probada la «comunicación pública» y no un «intercambio entre entes particulares«, además de incurrir en el lucro indirecto por medios ilícitos tal como lo mencioné en párrafos anteriores.
Con ésta moción quedan muchas interrogantes sobre el trato a empresas de mayor envergadura, como por ejemplo Google, la cual violaría muchas leyes de propiedad intelectual por la difusión de contenidos a través de su motor de búsqueda, es decir la indexación y almacenamiento de millones de páginas dedicadas a las descargas ilegales y por P2P para luego ser mostradas en el mencionado buscador, incurriendo en una publicidad indirecta a dichos servicios. Veremos que pasa en el futuro.